La Comisión Jurídica Asesora de la Comunidad de Madrid ha estimado parcialmente nuestra reclamación en un paciente que tras una intervención programada quedó con un 81% de discapacidad, reconociéndole una indemnización de 50.000 euros por la vulneración del derecho al consentimiento informado. No obstante, tras analizar el dictamen junto con la familia, se ha decidido continuar el procedimiento ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Una intervención quirúrgica programada con un desenlace grave

El caso tiene su origen en una intervención programada para el recambio de una prótesis de rodilla. La cirugía se realizó bajo anestesia neuroaxial con colocación de catéter epidural tras varios intentos de punción.

En el postoperatorio inmediato, el paciente comenzó a presentar síntomas neurológicos claros (debilidad en las piernas, alteraciones sensitivas y retención urinaria) que requerían una valoración urgente. Sin embargo, la intervención del servicio de neurología se produjo más de 48 horas después.

El diagnóstico final fue un síndrome de cola de caballo con secuelas permanentes e invalidantes en el paciente. Actualmente, el paciente presenta una discapacidad del 81 %, con una afectación total de su autonomía.

Más allá de la vulneración del consentimiento informado

El dictamen reconoce que el consentimiento informado fue insuficiente: se recabó por vía telefónica, meses antes de la intervención, sin información adecuada sobre riesgos relevantes ni sobre alternativas, y se firmó de forma extemporánea.

Sin embargo, el caso no puede limitarse a esta cuestión.

Del expediente médico del paciente se desprenden otros elementos relevantes contrarios a la lex artis: el retraso en la valoración neurológica, la ausencia de tratamiento en un momento crítico y una documentación clínica confusa en aspectos esenciales como la retirada del catéter epidural.

Todo ello apunta a una posible actuación sanitaria alejada de la lex artis.

una mano de cirujano con guante blanco está operando una rodilla
Foto de dos rodillas una más adelantada que tiene una cicatriz de arriba a abajo

Un reconocimiento insuficiente

La indemnización fijada responde únicamente al daño moral derivado de la falta de información, sin valorar de forma completa la posible relación entre la actuación médica y las graves secuelas del paciente.

La diferencia entre este reconocimiento parcial y el daño real (cuya valoración pericial es muy superior) evidencia la insuficiencia de la respuesta administrativa.

La decisión de continuar

Por todo ello, se ha decidido acudir al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con el objetivo de que el caso sea analizado en su totalidad, valorando toda la actuación sanitaria como el alcance real del daño que sufre el paciente.

CAROSSO ABOGADOS

En Carosso Abogados, contamos con amplia experiencia en casos de negligencia médica relacionados con daños en el parto, errores y retrasos diagnósticos, incluidos los vinculados a ictus y sepsis.

Hemos ayudado a numerosas familias a obtener la indemnización que necesitan para garantizar un futuro más seguro y estable para familiares afectados.

Entendemos que cada caso es único, por lo que ofrecemos una atención personalizada y cercana a cada familia que representamos, asegurándonos de abordar sus necesidades específicas y brindarles el apoyo legal que merecen.

Si piensas que podemos ayudarte, no dudes en ponerte en contacto con nosotros sin ningún compromiso para realizar una valoración previa. Contacta con nosotros en los teléfonos: 917 23 42 50 – 608621390.

Preguntas Frecuentes

¿Existe un plazo límite para reclamar una negligencia médica?

Sí. Las reclamaciones por negligencia médica están sujetas a plazos legales y, en muchos casos, estos son relativamente breves.

Con carácter general, el plazo puede ser de un año, aunque el momento exacto desde el que comienza a contarse depende de diversos factores: cuándo ocurrió el daño, cuándo se conoció el alcance definitivo de las secuelas o qué vía jurídica resulte aplicable.

Esto es especialmente relevante en casos complejos como diagnósticos tardíos de ictus, infecciones hospitalarias, sepsis, errores durante el embarazo o daños neurológicos, donde las consecuencias pueden manifestarse o consolidarse con el tiempo.

Por ello, recomendamos consultar con un abogado especializado lo antes posible. Preparar adecuadamente un caso de negligencia médica exige revisar documentación clínica, valorar la viabilidad médica y diseñar una estrategia jurídica sólida.

¿Hay fecha límite para presentar la demanda?
Si ha sufrido una negligencia médica, usted puede sentir que debe adoptar un enfoque de «esperar y ver» como evolucionan sus daños para tomar la decisión de consultar con un abogado especializado, pero es importante que comprenda que nuestro sistema jurídico nos indica que busque recursos legales más temprano que tarde, debido a los límites de tiempo que tenemos para presentar acciones judiciales, que son muy cortos. En la mayoría de casos la interposición de la demanda debe de hacerse antes del plazo de 1 año, que empieza a contar desde el momento que se produce el hecho dañoso o desde que se conoce cuál es el alcance definitivo de las secuelas causadas. En cualquier caso y debido al tiempo que lleva preparar un asunto de negligencia médica por la complejidad de los temas que se tratan, es importante que usted se asesore lo antes posible con un abogado especializado para plantear una estrategia conjunta de su asunto.
¿Qué indemnización puedo reclamar?
El propósito es atender debidamente la reparación íntegra del daño causado y capaz de cubrir todas las necesidades de la víctima y de su entorno familiar. Es importante tener en cuenta que cada caso es único y diferente, y que la valoración de la indemnización debe atender a las circunstancias particulares de cada persona. La cuantía de la reclamación debe ser valorada de acuerdo a las secuelas físicas y psicológicas que origina, atendiendo también a la grave incidencia de éstas en el entorno familiar a nivel personal y económico. Para analizar todos los aspectos que se deriven del daño y no quede ningún concepto por reclamar contamos con un equipo de médicos especialistas que valoraran su en caso en particular.
¿Cuánto se me cobrará de honorarios profesionales?
Usted no tiene que pagar nada. Nuestros honorarios se obtienen de un porcentaje de la indemnización que consigamos, ya sea llegando a un acuerdo extrajudicial o como resultado del juicio. Hasta ese momento todos los gastos son asumidos por nuestro despacho, incluyendo el informe de viabilidad que el médico especialista elabore. De esta manera puede estar seguro de que si decidimos representarlo es porque creemos firmemente en el éxito de su demanda. No permita que su situación financiera sea la razón por la que no decida ponerse en manos de abogados especilizados.

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