Uno de los aspectos más importantes y determinantes en un procedimiento por negligencia médica es la actividad probatoria: ¿qué pruebas se deben aportar para acreditar que ha existido una actuación médica negligencia y que ésta ha causado un daño?
En este artículo, te explicamos qué pruebas son necesarias y cómo se valoran en el marco de un proceso judicial.
¿A quién le corresponde la carga probatoria?
El paciente tiene que demostrar que hubo una negligencia médica. Es decir, no es el médico quien tiene que probar que actuó correctamente, sino que el paciente debe aportar pruebas de que el profesional sanitario no actuó según los estándares médicos adecuados y que esa actuación causó directamente el daño que se reclama.
¿Qué aspectos se deben probar?
- El primer elemento esencial que se debe probar es la existencia de una conducta médica que se aparte de la lex artis, es decir, de los estándares profesionales y científicos generalmente aceptados.
- El segundo elemento es la existencia de un daño cierto, real y evaluable económicamente. El daño puede ser físico, psíquico, moral o patrimonial, y debe estar suficientemente acreditado en el proceso.
- El tercer elemento que hay que probar es la existencia de una relación de causalidad entre la conducta del profesional médico y el daño producido. Es decir, el demandante debe probar que el daño no se habría producido de no haber existido la actuación contraria a la lex artis.clamación con pruebas periciales sólidas que sean capaz de defender el caso con cierta garantía.

¿Qué pruebas se deben aportar?
Para probar los elementos anteriormente expuestos, las pruebas que se deben de aportar son las siguientes:
- Prueba documental: esta prueba también desempeña un papel fundamental en estos procedimientos. La historia clínica del paciente, los consentimientos informados, los informes médicos, las pruebas diagnósticas y cualquier otro documento relacionado con la atención sanitaria prestada son elementos esenciales para valorar la actuación médica.
- Prueba pericial: la prueba pericial es una de las más relevantes en los procedimientos por negligencia médica. Dada la complejidad técnica de la materia y la necesidad de valorar si la actuación médica se ajustó o no a la lex artis, resulta imprescindible contar con un informe pericial elaborado por un profesional de la materia. El perito debe analizar la actuación médica, valorar si existió o no infracción de la lex artis y pronunciarse sobre la existencia del daño y la relación de causalidad. La aportación de un informe pericial es, por tanto, imprescindible ya que el juez carece, por regla general, de los conocimientos técnicos necesarios para valorar por sí mismo la actuación médica.
- Prueba testifical: la prueba testifical puede ser útil en determinados supuestos, especialmente cuando existen testigos presenciales de los hechos que pueden aportar información relevante sobre la actuación médica, la información facilitada al paciente o el consentimiento informado.
- Testigos-peritos: en este tipo de procedimientos también pueden intervenir testigos-peritos, esto es, profesionales sanitarios que, además de conocer directamente los hechos, cuentan con conocimientos técnicos especializados. Su declaración resulta útil porque no solo permite aclarar lo ocurrido, sino también ofrecer una valoración técnica sobre si la actuación médica se ajustó a la lex artis. Por ello, su intervención puede ser especialmente relevante para reforzar la valoración de la asistencia prestada.
¿Cómo se valora la prueba?
En el sistema jurídico español rige el principio esencial de libertad de valoración, salvo para los documentos públicos, que tienen valor probatorio tasado. Esto significa que el juez puede valorar todas las pruebas practicadas en el proceso conforme a los principios de la lógica y la sana crítica. No está vinculado por la parte que haya propuesto la prueba ni por el sentido de las pruebas periciales, aunque debe motivar su decisión si se aparta de ellos.
Conclusión
La actividad probatoria en los procedimientos judiciales por negligencia médica debe centrarse en la aportación de la prueba pericial médica, documental y, en su caso, testifical, siendo la carga de la prueba responsabilidad de quien alega los hechos. El juez valorará la prueba practicada conforme a los principios de la lógica y la sana crítica, sin estar vinculado por las parte que lo haya propuesto ni por el sentido de los dictámenes periciales, salvo en el caso de los documentos públicos.
CAROSSO ABOGADOS
En Carosso Abogados, contamos con amplia experiencia en casos de negligencia médica relacionados con daños en el parto, errores y retrasos diagnósticos, incluidos los vinculados a ictus y sepsis.
Hemos ayudado a numerosas familias a obtener la indemnización que necesitan para garantizar un futuro más seguro y estable para familiares afectados.
Entendemos que cada caso es único, por lo que ofrecemos una atención personalizada y cercana a cada familia que representamos, asegurándonos de abordar sus necesidades específicas y brindarles el apoyo legal que merecen.
Si piensas que podemos ayudarte, no dudes en ponerte en contacto con nosotros sin ningún compromiso para realizar una valoración previa. Contacta con nosotros en los teléfonos: 917 23 42 50 – 608621390.
[/et_pb_text][/et_pb_column][/et_pb_row][/et_pb_section]Contacta con nosotros
QUEREMOS HABLAR CONTIGO
Cuando tu salud está en el centro del litigio, elegir un abogado es la decisión más importante que puedes tomar.
PODEMOS AYUDARTE
Todo tu historial médico será estudiado y gestionado por un equipo de abogados con experiencia de más de 15 años en la práctica médico-legal.
TE DEFENDEREMOS Y PROTEGEREMOS
Trabajamos directamente en la recopilación de todos los historiales médicos de nuestros clientes.
LLÁMANOS O ESCRÍBENOS
Teléfono: (+34) 91 72 34 250 (+34) 608 621 390
Email: fabian@carossoabogados.com
Dirección: C/Dr. Fleming 31 - 4º , 28036, Madrid.