Cuando nos enfrentamos a un problema de salud y acudimos al médico, es normal preguntarse: ¿tiene el profesional la obligación de garantizar nuestra curación? Aunque la intuición nos lleve a pensar que sí, lo cierto es que el marco legal nos ofrece una respuesta más matizada e, incluso, contraria a lo que muchos esperan.
Obligación de medios, no de resultado
El médico no tiene la obligación de curar, sino de actuar con diligencia, prudencia, pericia y profesionalismo. Esto es lo que se conoce como una obligación de medios.
¿Y qué significa esto?
Significa que el médico no está obligado a obtener un resultado concreto, sino a emplear todos los medios adecuados a su alcance, de acuerdo con los conocimientos y técnicas aceptadas por la ciencia médica. En otras palabras, se le exige que haga bien su trabajo, no que siempre logre el éxito.
Esto se debe a que la medicina no es una ciencia exacta. Los resultados dependen de muchos factores aleatorios que no siempre pueden controlarse: el estado de salud del paciente, la evolución de la enfermedad, la respuesta al tratamiento, entre otros. Por eso, no se le impone la obligación de curar, sino de actuar de acuerdo con los estándares médicos reconocidos.
El deber del médico incluye no sólo aplicar las técnicas adecuadas, sino de hacerlo con el cuidado, la precisión y la atención que exigen las circunstancias y riesgos de cada caso. Además, tiene el deber de proporcionar al paciente toda la información necesaria para que pueda decidir con libertad si acepta o rechaza una determinada intervención.
Esto significa que el profesional debe:
- Realizar un diagnóstico razonable y fundado en los síntomas y antecedentes del paciente.
- Informar de forma clara y completa, explicando el diagnóstico, las opciones de tratamiento, sus riesgos beneficios y alternativas.
- Seguir los protocolos y guías médicas aprobadas por la comunidad médica.
- Hacer un seguimiento adecuado, vigilando la evolución del paciente y ajustando el tratamiento si el paciente lo requiere.
Si el médico cumple con lo expuesto, no incurre en responsabilidad, incluso si no se logra la curación del paciente.

¿Cuándo puede haber una negligencia médica?
La responsabilidad médica puede surgir cuando se actúa en contra de la lex artis, es decir, en contra de lo que se considera una actuación médica prudente, diligente, con pericia y dentro de los estándares exigibles de su profesión. Por tanto, no se reclama al médico por no haber logrado el resultado esperado, sino por haber fallado en su deber de cuidado.
Algunos ejemplos en los que puede haber una negligencia médica y, en consecuencia, responsabilidad médica son:
- Errores y retrasos en el diagnóstico
- Omisión de pruebas necesarias
- Aplicación incorrecta de un tratamiento
- Falta de consentimiento informado
- Abandono del seguimiento médico
- Administración de medicamentos incorrectos o en dosis inadecuadas
CAROSSO ABOGADOS
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