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Los casos de negligencia médica suelen acarrear consecuencias dramáticas tanto para las víctimas como para sus familias. Esto implica la necesidad de perseguir soluciones efectivas que, si bien no necesariamente subsanan el daño causado, tienen como objetivo paliarlo o aliviarlo en la medida de lo posible. Además, se busca evitar que vuelva a producirse la mala praxis médica que causó el daño.

Es importante destacar que en los casos de negligencia médica nos encontramos con dos vertientes, una que se centra en dar una respuesta al comportamiento culpable del causante del daño, y una vertiente aún más importante a nuestro entender: la determinación rápida y justa de una indemnización para la víctima.

En muchos casos se opta por el camino tradicional de la vía judicial para resolver disputas relacionadas con negligencias médicas. Este proceso sigue las leyes y reglamentos establecidos, proporcionando criterios claros para la resolución de conflictos. Sin embargo, existe una alternativa menos conocida pero igualmente valiosa por resultar en ocasiones más beneficiosa y menos traumática para todos los actores implicados en el proceso: la vía extrajudicial.

La vía extrajudicial asegura el otorgamiento de indemnizaciones de una manera más ágil. Es una manera de resolver conflictos que suele ser más rápida que la vía judicial y que implica un menor coste.

Entre los procedimientos extrajudiciales que están institucionalizados y legalizados para la resolución de negligencias médicas por la vía extrajudicial tenemos la MEDIACIÓN, la CONCILIACIÓN Y el ARBITRAJE.

LA MEDIACIÓN es quizás el procedimiento extrajudicial más conocido y popular.  Es un proceso por el que las partes someten voluntariamente la resolución de su conflicto a una tercera parte neutral (el mediador). La mediación pretende encontrar una resolución lo más satisfactoria posible para todas las partes, sin necesidad de que el mediador imponga su criterio. Es un proceso donde se exploran las causas y la cadena de eventos que dieron lugar al conflicto, las partes exponen sus motivaciones y se plantean soluciones a través del diálogo.

A diferencia de otros procedimientos, el acuerdo al que se llega no es impuesto por el mediador y no implica la obligación de ejecución para las partes ( en la conciliación el acuerdo puede ser propuesto por el conciliador y en el arbitraje, el laudo tendrá ordinariamente fuerza obligatoria). El mediador no tiene que juzgar como un magistrado, sino que guía a las partes para la consecución de una solución satisfactoria.

Ni el ordenamiento jurídico sanitario español ni las leyes aplicables a la protección de consumidores hace referencia a la mediación como procedimiento aplicable a la resolución de conflictos en ese ámbito, pero la falta de observación no debe entenderse como la imposibilidad de llevarla a cabo.

Como ya hemos expuesto anteriormente el proceso de mediación favorece el consenso y el equilibrio entre las partes con el objetivo de generar un acuerdo satisfactorio para ambas. La mediación resulta menos “amenazadora” que la vía judicial para el paciente, que suele temer tanto los altos costes que pueden acarrear las acciones legales como la sensación de estar luchando en situación de inferioridad contra el colectivo sanitario. Por ello, intentar una mediación previa, puede ser una manera eficiente para que la relación médico/paciente se pueda subsanar mediante el diálogo. Ambas partes se darán las explicaciones necesarias y las indemnizaciones económicas serán acordadas y negociadas con la asistencia del mediador.

En conclusión, a los efectos de obtener soluciones justas y rápidas en el ámbito de las negligencias médicas, en Carosso Abogados abogamos, si el caso concreto así lo permite, por asistir y promover procesos de mediación entre nuestros clientes y las instituciones y/o el personal sanitario que presuntamente causaron el daño. Los puntos más importantes que tenemos en cuenta cuando recomendamos la mediación son:

  • La libertad que tienen las partes para hablar del conflicto en absoluta confidencialidad.
  • El control del proceso en contraposición con las restricciones de los procesos judiciales.
  • La rapidez del proceso.
  • El menor costo.
  • Un enfoque flexible que permite considerar soluciones que son beneficiosas para ambas partes y que, en ocasiones, no serían ofrecidas por un tribunal.
  • La obtención de soluciones personalizadas.
  • La Restauración de relaciones y de la confianza de las partes.
  • La mediación también implica una descentralización de la resolución de disputas que evita el colapso del sistema además de evitar la burocracia.

Por eso queremos destacar  la mediación como una herramienta poderosa a la hora de resolver conflictos médicos de una manera equitativa y satisfactoria.

Si tienes dudas sobre un posible caso de negligencia médica y quieres explorar las posibilidades de la mediación antes de meterte en un proceso judicial, puedes contactarnos para que evaluemos tu caso, sin compromiso.

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