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Nuevo acuerdo alcanzado por este Despacho y sin tener que pasar por los Juzgados con la aseguradora de un Servicio de Salud que indemniza en 69.540 euros a los familiares de un paciente que falleció cuando acudió al centro de salud presentando claros signos de infarto agudo de miocardio y a pesar de tratarse de una urgencia médica, se le negó la asistencia, por no ser su centro de referencia. La omisión del tratamiento médico obligó al paciente a solicitar ayuda a través del teléfono de emergencias 112, pero el tiempo perdido en el centro de salud, más lo que tardó en acudir la ambulancia, fueron determinantes para su supervivencia. Por tanto, la DEMORA ASISTENCIAL estaba fuera de duda y reconoce la mala praxis indemnizando a sus familiares.

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