La Sección Octava de la Audiencia Provincial de Madrid condenó a la aseguradora del Servicio Madrileño de Salud al pago de una indemnización de 300.000 euros como consecuencia de un error de diagnóstico del SUMMA 112, el servicio de urgencias y emergencias sanitarias de dicha comunidad, al confundir un ictus con una gastroenteritis.
El error médico ha privado a la paciente de la oportunidad de anticipar un tratamiento que hubiera podido incidir favorablemente en la evolución del padecimiento y en las secuelas que actualmente sufre, tal cómo se señala en la sentencia, con fecha del 5 de marzo.
Los hechos se remontan al 10 de diciembre de 2012, cuando la paciente comenzó a presentar calambres en la manos, dolor de cabeza en zona temporal, dolor de cuello, mareo y nauseas, además de gran agitación, por lo que requirió de la asistencia domiciliaria del SUMMA 112.
El médico que atendió en el domicilio a la paciente no tuvo en consideración que los síntomas que padecía la paciente podían corresponder a distintas patologías graves, entre ellas, un ictus; en consecuencia, dejó a la enferma en casa con el diagnóstico errado de gastroenteritis y no siguió el protocolo que le obligaba, ante cualquier duda, a enviar a la paciente al Hospital o una unidad de atención especializada.
Esta evolución de los síntomas hizo que se requiriese de nuevo la intervención del SUMMA 112, diagnosticando en esta segunda ocasión el ictus, remitiendo a la paciente al Hospital.
Habían transcurrido más de cuatro horas desde la primera asistencia sanitaria, tiempo que fue determinante para el desarrollo de las secuelas. La sentencia aprecia que este retraso negligente es responsable de las secuelas que padece la paciente y lo valoró en 296.828 euros.
Una conducta diligente por parte de los sanitarios habría permitido evitar los daños neurológicos de la paciente. En España se producen más de 120.000 ictus al año, de los cuales un 25% no son detectados porque los familiares no conocen los síntomas o por negligencia dentro del sistema sanitario, siendo los accidentes cerebrovasculares la primera causa de muerte en mujeres y causa de numerosas minusvalías.
La sentencia que ha sido recurrida por la parte demandada recoge uno de los muchos casos que cada año se producen como consecuencia de error de diagnóstico dentro del sistema sanitario español y que no suelen ser reclamados por desconocimiento.
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